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Círculos de Traductores Públicos de la Provincia de Buenos Aires

9 oct 2011

Ya comenzó el empadronamiento


¡ESTAMOS EMPADRONANDO! En una entrada anterior podrán encontrar el texto y la imagen del edicto publicado el lunes 3 de octubre en el diario Clarín con la convocatoria para constituir el Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes de la Provincia de Buenos Aires.

Los traductores públicos bonaerenses constituirán los colegios regionales según sus respectivas áreas de residencia, de conformidad con el Art. 8 de la Ley 12048 y su modificatoria, Ley 14185.

Este artículo dice:

"Colegios regionales. El gobierno de la matrícula será ejercido por los Colegios Regionales de Traductores Públicos e Intérpretes de la Provincia de Buenos Aires cuyas sedes funcionarán en:


a) La Plata (...) Departamentos Judiciales de Quilmes, La Plata, Lomas de Zamora y Dolores (...).

b) San Isidro (...) Departamentos Judiciales de San Isidro, San Nicolás, Zárate, Campana, Pergamino y Junín (...).

c) Bahía Blanca (...) Departamentos Judiciales de Bahía Blanca, Mar del Plata, Necochea y Azul (...).

d) Morón (...) Departamentos Judiciales de Morón, San Martín, La Matanza, Trenque Lauquen, Mercedes y Moreno-General Rodríguez (...)".

(Mapa interactivo de los departamentos judiciales: www.scba.gov.ar/guia).

Estas son las distintas sedes que reciben documentación del empadronamiento, según colegio regional. Tengan en cuenta que el plazo para empadronarse vence el 14 de octubre próximo. Para evitar confusiones, remítanse al edicto publicado.

- LA PLATA: Calle 13, Nº 821, Piso 1, Sala 5. Horario de atención: lunes de 10 a 12 hs y miércoles de 14 a 16 hs.
- SAN ISIDRO: Martin y Omar 339. Horario de atención: martes de 9 a 12 hs y miércoles de 14 a 17 hs.
- BAHÍA BLANCA: Sarmiento 54. Horario de atención: viernes de 14 a 16 hs.
- MORÓN: Rivadavia 17675. Horario de atención: miércoles de 10 a 14 hs y jueves de 13 a 14 hs.

La documentación requerida para el empadronamiento consiste en fotocopia de DNI y título habilitante, conforme la Ley 12048.

Y una pequeña aclaración. Este es el empadronamiento para el primer acto eleccionario, no es la matriculación. Primero se hará el acto eleccionario y asamblea constitutiva, y luego se hará la ratificación en la matrícula (para los que están matriculados en la SCJPBA) o la jura por primera vez para quienes no lo están. Ante cualquier duda, pueden preguntarnos o consultar el texto de la ley en http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/l-12048.html.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Quiero felicitar a todos los colegas traductores que están dedicando su tiempo y esfuerzo para que el colegio se haga realidad. ¡Muchas gracias! Celeste Braschi

David dijo...

Estoy estudiando el traductorado y me alegra mucho este avance. No se si voy a ejercer en Buenos Aires o en la costa argentina porque tengo un apartamento en mar del plata y tal vez me vaya a vivir ahí. Saludos